Este
viernes 21 de junio pasará a la historia como un día de triunfo para la clase
trabajadora de todo el mundo: la Conferencia del Centenario de la OIT aprobó
por amplia mayoría (429 votos a favor, 7 en contra y 30 abstenciones) el
Convenio sobre Violencia y Acoso en el Mundo del Trabajo que, entre otras
cuestiones, tendrá actuación en las relaciones laborales con las trabajadoras
de casas particulares y con aquellos trabajadores y trabajadoras que no estén
en relación de dependencia (porcentaje que en esta etapa del capitalismo, son
mayoría en el mundo).
Fueron
varios años de arduo trabajo de las mujeres y las disidencias del movimiento
sindical, quienes iniciaron este camino en 2015 y llegaron hoy a la culminación
de un momento en donde la labor por la eliminación de la violencia de género en
el trabajo fue el motor para que hoy se cuente con un nuevo instrumento
internacional que la aborda transversalmente.
La letra chica
La
letra chica del convenio marca el nacimiento y el reconocimiento de un nuevo
derecho en el ámbito internacional: el derecho a un mundo del trabajo libre de
violencia y acoso y considera a la dimensión del mundo del trabajo, más allá
del espacio físico y el lugar de trabajo, sino en su integralidad, esto es, el
camino de la casa al trabajo, los viajes por trabajo, las reuniones fuera del
lugar estricto de trabajo, por poner algunos ejemplos.
Otro
de los triunfos conseguidos hoy en Ginebra es que este convenio se aplica a
todos los trabajadores y trabajadoras del sector público, reconociendo al
Estado como patrón.
Además,
se evidenció que la violencia doméstica tiene impacto en el mundo del trabajo,
por lo que es necesario tomar medidas para aliviar sus efectos y se reconoció
que también son factores de riesgo de violencia los procesos de organización
del trabajo y las condiciones de trabajo, por lo que fueron planteados para ser
tomados en cuenta al momento de plantear medidas de prevención.
El
convenio reconoce “la importancia de una cultura del trabajo basada en el
respeto mutuo y la dignidad del ser humano para prevenir la violencia y el
acoso, que afectan a la salud psicológica, física y sexual de las personas, a
su dignidad, y a su entorno familiar y social, y que pueden impedir que las
personas, en particular las mujeres, accedan al mercado de trabajo, permanezcan
en él o progresen profesionalmente”.
Además,
considera que “la violencia y el acoso son incompatibles con la promoción de
empresas sostenibles y afectan negativamente a la organización del trabajo, las
relaciones en el lugar de trabajo, el compromiso de los trabajadores, la
reputación de las empresas y la productividad” y reconoce que “la violencia y
el acoso por razón de género afectan de manera desproporcionada a las mujeres y
las niñas”, considerando que “la violencia doméstica puede afectar al empleo,
la productividad así como la seguridad y salud, y que los gobiernos, las
organizaciones de empleadores y de trabajadores y las instituciones del mercado
de trabajo pueden contribuir, como parte de otras medidas, a reconocer, afrontar
y abordar el impacto de la violencia doméstica”.
Otro
de los logros del presente Convenio es que protege a “los trabajadores y a
otras personas en el mundo del trabajo, con inclusión de los trabajadores
asalariados según se definen en la legislación y la práctica nacionales, así
como a las personas que trabajan, cualquiera que sea su situación contractual,
las personas en formación, incluidos los pasantes y los aprendices, los
trabajadores despedidos, los voluntarios, las personas en busca de empleo y los
postulantes a un empleo, y los individuos que ejercen la autoridad, las
funciones o las responsabilidades de un empleador” y se aplica a todos los
sectores, público o privado, de la economía tanto formal como informal, en
zonas urbanas o rurales.
Reparación
El
convenio regula también la reparación y la asistencia para víctimas de
violencia en el trabajo. Legisla el derecho a dimitir y percibir una
indemnización, así como la readmisión del trabajador y una indemnización
apropiada por los daños resultantes. “Las víctimas de violencia y acoso en el
mundo del trabajo deberían poder percibir una indemnización en caso de daños o
enfermedades de naturaleza psicosocial, física, o de cualquier otro tipo, que
resulten en una incapacidad para trabajar”, se lee en el convenio.
Además
prevé asistencia y asesoramiento jurídicos para los denunciantes y las
víctimas, guías y otros medios de información disponibles y accesibles en los
idiomas de uso corriente en el país, apoyo a las víctimas para reincorporarse
al mercado de trabajo, un servicio de atención telefónica disponible las 24
horas, la atención y tratamiento médicos y apoyo psicológico, centros de
crisis, incluidos los centros de acogida unidades especializadas de la policía
o de agentes con formación específica para ayudar a las víctimas.
Formación y sensibilización
Con
el objetivo de prevenir la violencia, la OIT recomienda llevar adelante cursos
de “sensibilización” y programas de formación que integren las consideraciones
de género para asistir a jueces, inspectores del trabajo, agentes de policía,
fiscales y otros agentes públicos a cumplir su mandato en lo que respecta a la
violencia y el acoso en el mundo del trabajo, así como para asistir a los
empleadores y a los trabajadores de los sectores público y privado, y a sus
organizaciones a prevenir y abordar la violencia y el acoso en el mundo del
trabajo.
Además,
propone realizar campañas públicas de sensibilización en los diferentes idiomas
del país, incluidos los idiomas de los trabajadores migrantes que residan en
ese país, que hagan hincapié en que la violencia y el acoso, en particular la
violencia y el acoso por razón de género, son inaceptables, denuncien las
actitudes discriminatorias y prevengan la estigmatización de las víctimas, los
denunciantes, los testigos y los informantes.
Y
llama a la construcción de planes de estudios y materiales didácticos sobre
violencia y acoso, con inclusión de la violencia y el acoso por razón de
género, que tengan en cuenta la perspectiva de género, en todos los niveles de
la educación y la formación profesional, de conformidad con la legislación y la
situación nacional, así como la realización de material destinado a periodistas
y otros profesionales de la comunicación sobre la violencia y el acoso por
razón de género, sus causas subyacentes y factores de riesgo, con el debido
respeto a la libertad de expresión y a su independencia para llevar adelante
campañas públicas destinadas a fomentar lugares de trabajo seguros, salubres,
armoniosos y libres de violencia y acoso.