Por Raúl Navas
La
seguridad y salud en el trabajo es un asunto de capital importancia. Aun así,
es una temática ignorada y silenciada en la prensa, televisión y los
telediarios. Además, rara vez es tratado en el cine. Pese a ello, según la OIT,
cada día mueren 6.400 trabajadores a causa de accidentes laborales o
enfermedades profesionales, lo que supone la terrorífica cifra de 2,3 millones
de muertes cada año. Aun tenemos reciente lo ocurrido el 24 abril de 2013,
cuando murieron 1129 personas tras el incendio y derrumbe de un edificio de
fábricas textiles en Bangladesh en donde se trabajaba en condiciones
insalubres.
Pese a la gravedad del
problema, no existen suficientes campañas sociales, oficiales y de calidad para
prevenir los accidentes laborales. Cada 28 de abril se “celebra” el día
Internacional de la Salud Laboral, pero con escasa repercusión mediática,
social e interés gubernamental. La seguridad en el trabajo no suele ser una
prioridad en la agenda de los gobiernos, y tampoco es objeto de debate público,
político o social. La palabra accidente se asocia con carretera o vehículo,
pero no suele relacionarse con trabajo. Es preocupante el desconocimiento y
escasa concienciación sobre ello, pese a que la siniestralidad laboral esté
aumentando, con el consiguiente drama y sufrimiento humano y familiar que
conlleva.
Los accidentes laborales
aumentan
Nuestra historia sobre
siniestralidad laboral es terrible. En el franquismo la “cultura preventiva”
era prácticamente inexistente, y las estadísticas de accidentes eran espantosas.
En 1973 hubo 2.680 muertos a causa de accidentes laborales, cifra desconocida
desde 1904 1/.
Hubo siniestros terribles que eran silenciados. Uno de los peores ocurrió el 22
de octubre de 1965, cuando alrededor de 60 trabajadores murieron tras la rotura
de una presa propiedad de Hidroeléctrica Española, en Monfrague (Caceres). Pese
a las innegables mejoras, en las últimas décadas se han conocido altas tasas de
siniestralidad laboral (casi siempre por encima de 1000 personas entre 1966 y
2003), con algunos episodios dramáticos, como el accidental laboral con 18
trabajadores muertos por un incendio en un astillero de Valencia en julio de
1997. El 14 de agosto de 2013 murieron 9 trabajadores por una explosión en la
factoría de Repsol de Puertollano, debido a gases indebidamente almacenados.
Ese año Repsol fue condenada por el Tribunal Supremo por otro accidente en
Puertollano en 1996, a causa de incumplimientos en medidas de seguridad, que
causó la muerte de 4 trabajadores.
Pese a las incuestionables
mejoras que se han conseguido en los últimos 40 años, los accidentes laborales
graves e incluso mortales están a la orden del día. El pasado 21 de noviembre,
un trabajador de una subcontrata de ADIF murió electrocutado mientras fumigaba
una vía del AVE 2/.
Días antes, una explosión en una fábrica textil de Crevillent (Alicante)
provocó cuatro heridos por quemaduras, dos de ellos graves 3/.
En octubre, en Vallecas, dos trabajadores de mantenimiento del AVE fueron
heridos de gravedad por una descarga eléctrica que les causó importantes
quemaduras. Ese mismo mes, un terrible accidente laboral en Valencia tras la
caída de una prensa hidráulica se saldó con cuatro trabajadores heridos con
amputaciones de manos y dedos 4/.
El pasado 19 de septiembre moría un trabajador en Meco (Madrid) por
aplastamiento, y con este accidente ya eran 55 los trabajadores muertos en
accidentes laborales en lo que iba de año solo en la Comunidad de Madrid 5/.
Ese mes hubo un muerto y varios heridos en un dramático derrumbe en el Hotel
Ritz. El pasado 28 de agosto, en Vitoria murió una cartera de Correos durante
el reparto en moto. Ese día, moría un trabajador de Michelin, que había quedado
en coma tras sufrir un accidente laboral. El 29 de noviembre de 2017 murieron
dos trabajadores en dos accidentes laborales distintos, unos en Villaverde y
otro en Alcorcón 6/.
El 7 de julio de 2017 un coreógrafo del Mad Cool moría tras una brutal caída,
delante de cientos de personas. Pese a ello, el festival continuó celebrándose,
lo que provocó posteriormente protestas a las puertas de la Caja Mágica.
Los estudios oficiales
indican que existe una tendencia ascendente en los últimos años en el número de
accidentes de trabajo. Entre 2012 y 2015 los accidentes laborales aumentaron un
12,3% 7/.
En el año 2017 se registraron 596.606 accidentes con baja en todo el estado, un
5,4% más que en 2016. Los accidentes graves registrados en 2017 alcanzaron la
cifra de 3.904, lo que es 247 más que en 2016. La estadística de accidentes de
trabajo del año 2017 también indica que hubo 496 muertos en accidentes de
trabajo, frente a los 447 que hubo en el año 2013, y 467 en 2014. Más datos
demuestran un aumento de la problemática de la siniestralidad laboral. La media
de días de duración de las bajas por accidente de trabajo se sitúa en los 31,1
días, frente a los 21,8 del año 2008.
Repasando datos del año 2017
encuentras que la Industria Manufacturera, es el sector con mayor número de
accidentes en jornada y con baja, y que Transporte y Almacenamiento, es el
sector con más accidentes mortales en jornada. En lo que a índice de incidencia
se refiere, las industrias extractivas es el sector con más accidentes. Esto
nos indica que pese a que el sector de la Construcción sigue teniendo altas
tasas de siniestralidad laboral (y en aumento desde 2013), hay otros sectores
con niveles muy preocupantes. A nivel geográfico, Catalunya es la Comunidad
Autónoma con más accidentes laborales en jornada con baja, y Andalucía la
Comunidad Autónoma con más accidentes laborales mortales en jornada durante el
año 2017. Hay más datos que son preocupantes, según el Observatorio de Trabajo
y Modelo Productivo de la Generalitat, los accidentes laborales con baja en
Catalunya crecieron un 25,4% entre 2013 y 2018. Por otro lado, la
siniestralidad laboral en la Comunidad de Madrid, solo entre los meses de enero
y mayo de 2018, ha supuesto 40.057 accidentes laborales con baja, un 8,3% mas
que en el mismo periodo de 2017. Los datos disponibles de 2018 entre los meses
de enero y septiembre también ratifican una tendencia en aumento. En este
periodo se han registrado 451.677 accidentes con baja, un 3,7% más que en el
mismo periodo del año anterior. Han aumentado los accidentes graves, y en los
primeros 9 meses del año han muerto 368 trabajadores en accidentes de trabajo.
Son cifras que deberían causar un gran escándalo y una profunda reflexión.
Por otro lado, la realidad es
aún peor, por lo que las estadísticas oficiales sobre accidentes de trabajo se
deben manejar con cautela. Resultan engañosas debido a que no reflejan todos
los accidentes, a causa de que en numerosas ocasiones las mutuas se niegan a
reconocer accidentes de trabajo. Además, en caso de reconocerlos se esfuerzan
en preferentemente catalogar los accidentes como leves. Cuando una mutua no
reconoce un accidente laboral, el trabajador debe solicitar una determinación
de contingencia a la Seguridad Social, quien puede obligar a una mutua a
reconocer un accidente. También hay regularmente numerosos juicios y sentencias
debido a pleitos contra las mutuas por su negativa a reconocer accidentes
laborales. Es muy difícil e incluso imposible encontrar estadísticas e
información fiable sobre ello. No sabemos cuántos accidentes laborales no son
reconocidos cada año por las mutuas, las veces que la Seguridad Social obliga a
las mutuas a reconocer accidentes, o cuantas sentencias judiciales existen
relacionadas con estos casos. Para colmo, la patronal suele reclamar más poder
a las mutuas, y lo han conseguido con la Ley de Mutuas 34/2014 aprobada por
Rajoy, que da competencias a las mismas mutuas en enfermedades comunes. Resulta
un escándalo, y a su vez un problema ampliamente desconocido. Pese a que las
mutuas no deben tener ánimo de lucro, sabemos que lo tienen, y que son
dirigidas por directivos de grandes empresas, y no del sector de la sanidad,
sino de los más variados: El Corte Ingles, Ford, Danone, Renault, etc. En sus
órganos de gobierno no hay “personas independientes”, sino directivos
empresariales y una lógica de interés privado y búsqueda del máximo beneficio.
Normativa de prevención y
siniestralidad laboral
El artículo 40.2 de la
Constitución Española de 1978, establece que: “Los poderes públicos fomentarán
una política que garantice la formación y readaptación profesionales; velarán
por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizarán el descanso necesario,
mediante la limitación de la jornada laboral, las vacaciones periódicas
retribuidas y la promoción de centros adecuados”. Este artículo, como tantos
otros relacionados con derechos sociales, a veces cae en papel mojado. Ha
costado conseguir un desarrollo legislativo en la materia. Las Ordenanzas de
Seguridad e Higiene en el Trabajo del franquismo aprobadas en 1971, continuaron
vigentes durante un largo periodo de tiempo, pese a la urgencia y necesidad de
una sustitución legislativa. El PSOE prometió 1983 una ley de prevención de
riesgos laborales, pero no se aprobó hasta 1995, 17 años después de haberse
aprobado la Constitución. La nueva ley entró en vigor el 10 de febrero de 1996.
Hemos conocido un gran retraso en normativa sobre prevención en comparación con
otros países europeos, y de hecho España se ha enfrentado a procedimientos de
infracción y condenas por tardanza en aplicar disposiciones europeas sobre
prevención.
Tras la aprobación de la LPRL
se aprobaron números decretos y disposiciones relativas a seguridad y salud en
el trabajo. Además, el Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo pública
periódicamente Notas Técnicas de Prevención, cuyo contenido y recomendaciones
suelen ser muy elaboradas e interesantes. El problema es que son
recomendaciones que no son de obligatorio cumplimiento por parte de las
empresas, por lo que se suele hacer caso omiso de ellas por parte de la
patronal. Incluso cuando hablamos de leyes y normativas las resistencias para
aplicarlas son habituales. Las reticencias empresariales para paralizar la
producción a la hora de interpretar que es un riesgo grave e inminente, son
enormes. La LPRL establece que la negativa del empresario a adoptar las medidas
propuestas por un delegado de prevención debe ser motivada. Algo que en
realidad no ocurre, dado que se suelen denegar sin mucha argumentación. Las
empresas suelen mostrar poco interés los comités de seguridad y salud, formados
por delegados de prevención de sindicatos y un número similar de representantes
de la empresa, cuya presidencia suele ejercerla la propia empresa. Suelen
resistirse a fomentar una política preventiva de calidad. Creen que es “abrir
la caja de pandora” y que la inversión no amortiza los costes. En las empresas
suelen primar los criterios productivos frente a los preventivos, y solo suelen
aceptar medidas preventivas significativas siempre y cuando estén claramente
obligados por ley, y sobre todo no moleste al proceso productivo y a los ritmos
de trabajo. Rara vez se evalúan y previenen los riesgos y factores
psicosociales desfavorables (estrés postraumático y crónico, ansiedad y
depresión, burnout, apatía, aburrimiento, fatiga, tristeza, baja autoestima,
sentimientos de culpa, vergüenza, irritabilidad, mal genio, agresividad,
tensión, nerviosismo...). En definitiva la cultura de la patronal española
sobre prevención deja mucho que desear. De hecho, suelen preferir invertir en
publicidad, relaciones públicas, y en abogados para eludir responsabilidades y
pago de indemnizaciones.
A nivel general los
incumplimientos en determinados aspectos de normativas de prevención quedan
impunes, y en demasiados casos hablamos de incumplir las precauciones más
elementales. Los mecanismos legales para enfrentarse a esta situación dejan
mucho que desear. Se debe poner una denuncia a la inspección de trabajo
provincial, que debido al escaso número de inspectores y su carga de trabajo,
podrá investigar los hechos meses después, cuando el daño ya este hecho, y los
trabajadores han continuado expuestos a determinados riesgos. Incluso dada la
precariedad, cuando el inspector comienza a investigar algún abuso, algunos
trabajadores ya no estarán en la empresa porque se les acabo su contrato
temporal. Si denuncias una situación de altas temperaturas en verano en un
centro de trabajo, la inspección comenzará a investigar en otoño o en invierno,
y algo parecido ocurre si denuncias exposición a bajas temperaturas en
invierno, ya que la inspección contestará en verano. ¿Alguien se imagina que
llames a la grúa, bomberos o policía y te respondan meses después? Sería
impensable, pero es algo natural con la inspección de trabajo en el ámbito
laboral. Es un sistema que beneficia únicamente a la patronal. La penalización
y sanción en el ámbito laboral es un proceso lento, burocrático y, a veces,
inexistente. Algo que contrasta por ejemplo con las normativas de tráfico, y la
capacidad de que te multen al acto por la mínima infracción. Aun en los casos
en los que finalmente se produce una sanción, en numerosas ocasiones hay
empresas que prefieren pagar multas a cumplir con determinadas normativas. De
esta manera, si queremos actuar contra empresas que incumplen la normativa como
hábito, se deberían plantear abiertamente intervenciones gubernamentales más
decididas ante incumplimientos empresariales reiterados, como la expropiación
de la misma empresa.
Precariedad y
siniestralidad laboral
La patronal y los gobiernos
insisten en que lo importante es facilitar la creación de empleo. El aumento o
disminución del paro suele ser objeto de atención a niveles cuantitativos, y
acapara cierta atención en las noticias. Poco interés se presta a lo demás. Da
igual que el empleo existente o el que sea crea sea precario. No se analiza con
determinación si la siniestralidad laboral aumenta o disminuye. No se suele
señalar que el vínculo entre precariedad, condiciones de trabajo y accidente
laboral es muy estrecho. A peores condiciones de trabajo, peor salud y más accidentes.
La precariedad laboral es un factor de riesgo negativo para la salud. De hecho
lo general es que en las empresas la siniestralidad laboral es mayor entre el
personal eventual que el fijo, pese a que los trabajadores temporales sean
numéricamente menos que los fijos. Un estudio del INSHT de 1992 ya indicaba que
los trabajadores temporales sufrían el triple de accidentes que los
trabajadores fijos 8/.
Estudios relativos al año 2000 y 2001 indicaban que el índice de incidencia de
siniestralidad era 2,94 veces superior entre trabajadores temporales que en
indefinidos 9/.
En 2015, el Departamento de Empresa y Empleo de la Generalitat publicó que la
siniestralidad laboral había aumentado en los dos últimos años un 4,3% en
trabajadores indefinidos, y un 41,4% entre temporales. Tomemos un ejemplo
actual y concreto: en Correos, la mayor empresa pública del Estado, con una
plantilla compleja compuesta por funcionarios, laborales fijos y funcionarios,
vemos que en 2017 se produjeron 2.837 accidentes laborales, de los cuales 1.213
fueron sufridos por trabajadores temporales, lo que significa el 42,75% del
total 10/.
Por el contrario, el personal funcionario representaba solo el 14,02% del
número total de accidentes.
Hay otros datos que
demuestran esta afirmación, como el índice de incidencia de accidentes
laborales con baja médica por tramos de edad. Analizando datos siempre vemos
que el tramo de edad con más accidentes lo encontramos entre trabajadores de
16-19 años, tanto en hombres como mujeres, y los datos suelen decrecer en otros
tramos de edad. Es obvio que la precariedad y temporalidad son mayores entre
los más jóvenes. Por tanto, urge mejorar las condiciones de trabajo y conseguir
que la estabilidad en el empleo sea un derecho real y efectivo.
Accidentes laborales y sus
causas. Sobresfuerzos
No se puede explicar a la
fatalidad o a la mala suerte una lacra de tal magnitud. Las empresas y en
ocasiones los mismos medios de comunicación describen las causas de los
accidentes por “imprudencias”, “errores humanos”, “mala suerte”, “una
distracción”, etc. No hay información, y cuando la hay no es crítica,
reflexiva, ni exacta. Las pocas noticias aparecidas en los medios son abordadas
telegráficamente, como sucesos “desafortunados”, sin invitar a la reflexión,
concienciación y sensibilización. Se pasa por alto que los empresarios tienen
obligaciones, que deben aplicar rigurosamente la LPRL, y que deben garantizar
la seguridad y salud de los trabajadores. Los accidentes no suelen deberse a un
único motivo. Suele haber múltiples causas, y la mayoría son ignoradas: recurso
abusivo a las horas extras, subcontratación, temporalidad, trabajo a destajo,
tareas mal planificadas, inexistencia o falta de formación en prevención,
organización del trabajo inadecuada, falta de medidas preventivas,
externalización, ritmos de trabajo agobiantes, escaso tiempo asignado en cada
tarea, sensación de apremio en el tiempo, estrés, elevada carga de trabajo,
régimen de turnos cambiantes, monotonía, grandes exigencias físicas y mentales,
inexistencia de rotaciones en tareas más pesadas, fatiga por jornadas
extenuantes, esfuerzos intensos, ambigüedad de roles, etc. Por tanto,
¿imprudencia?, ¿de quién? Los trabajadores no son culpables, sino víctimas de
riesgos que derivan de aspectos organizativos del trabajo como expuestos
anteriormente. Por el contrario, la patronal suele ser reticente a considerar
estos problemas como factores de riesgo. Una sentencia de 1996 del Tribunal de
Justicia de la UE establecía que la ordenación del tiempo de trabajo es una
cuestión de seguridad y salud en el trabajo. Por tanto, la prevención no debe
ceñirse estrictamente a lo material.
No se tienen en cuenta las
condiciones de laborales impuestas al trabajador, los ritmos de trabajo
asfixiantes que debe soportar ante el riesgo de ser despedido si protesta, y
como se está trabajando en unas condiciones que hacen inevitable que se
produzcan accidentes. Un trabajador cansado a causa de la elevada carga de
trabajo, tiene más probabilidades de sufrir un accidente laboral. Las empresas
deben informar de los riesgos, eliminarlos y si no es posible prevenirlos, pero
no ocultarlos o ignorarlos. Por tanto, debemos reiterar que los accidentes de
trabajo se pueden evitar, pero hace falta voluntad política y empresarial.
Detrás de los accidentes se esconde la precariedad laboral, el incumplimiento
de normativas de prevención de riesgos laborales, no seguir recomendaciones del
INSHT expuestas en las Notas Técnicas de Prevención. Y muy importante, una de
las causas de la siniestralidad laboral la encontramos en los sobreesfuerzos
debidos a la sobrecarga de trabajo y a ritmos de trabajo extremadamente
exigentes. No se suelen publicar demasiados informes al respecto. En el año
2006 se publicó que un tercio de los accidentes laborales se debían al
sobreesfuerzos 11/.
Debido a la época de referencia conviene hacer un inciso, dado que no hay
mentira que se haya repetido tanto en los últimos años como la que asegura:
“antes de la crisis todo el mundo tenía trabajo y ganaba mucho dinero, por
encima de sus posibilidades”. Este dato referente a 2006 no es el único que
desmiente esa mentira. Informes de la OCDE señalan que España fue el único país
de la OCDE en el que se redujeron los salarios reales (un 4%) entre 1995 y
2005. Algunos dicen que por entonces “todo el mundo vivía bien”, pero pese a
llevar más de una década de crecimiento económico interrumpido éramos el país
europeo con mayor siniestralidad laboral, y actualmente seguimos teniendo una
tasa superior a la media europea. En lo referente a sobreesfuerzos no se ha
mejorado. Si analizamos datos del año 2017, hay registrados 192.029 accidentes
laborales causados por sobresfuerzos. Es decir, el 32,18% del total de
accidentes con baja. Datos referentes entre enero y septiembre de 2018 indican
que se han producido 141.628 Accidentes de Trabajo en jornada y con baja debido
a sobresfuerzos. De esta forma los trastornos muscoesqueleticos constituyen
actualmente un preocupante problema en la salud de los trabajadores.
Por otro lado, los gobiernos
y la patronal suelen lamentarse de que las cifras de siniestralidad laboral hay
que tomarlas con cautela por la cantidad de accidentes de trabajo in itinere,
es decir los que ocurren cuando el trabajador se dirige al trabajo o vuelve del
mismo. Los empresarios suelen lavarse las manos en estos casos, alegando que no
se han producido dentro del centro de trabajo o trabajando durante la jornada.
Ante este relato, tenemos que señalar que las empresas podrían estimular el uso
del transporte público entre los empleados. Podrían tener en cuenta cuando se
establecen los horarios las posibilidades que brindan los transportes de la
zona, o promover autocares colectivos para empleados, sobre todo en polígonos
industriales donde apenas hay transporte público. De esta manera se ayudaría en
evitar accidentes in itinere.
Sindicalismo y prevención
de riesgos laborales
Un sindicalismo de clase y
combativo debe tomarse en serio todas las cuestiones relacionadas con la
seguridad y salud de los trabajadores y la prevención de riesgos laborales.
Hablamos de algo muy serio dado que los accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales causan muertes. Es un problema trágico, pero silencioso, al que
debemos prestar máxima atención. Un proyecto sindical serio debe tener entre
sus prioridades la prevención de riesgos laborales y la mejora de las
condiciones de seguridad y salud de los trabajadores. Debemos pelear para tener
una legislación más favorable, precisa, sin abstracciones y dudas en su
interpretación. Aunque una ley y una determinada legislación por sí sola no
pueden conseguir erradicar altos niveles de siniestralidad laboral. Durante los
primeros años de entrada en vigor de la LPRL la siniestralidad laboral aumentó,
pese a incluir numerosas mejoras. Hasta el año 2001 la tendencia no comenzó a
invertirse. Aun las mejores de las leyes necesitan secciones sindicales fuertes
para conseguir que las empresas las cumplan, y hacer cambiar a algunos
empresarios y jefes su actitud frente a la seguridad en el trabajo. La ausencia
de las medidas preventivas más básicas suele darse en empresas sin
representación sindical y delegados de prevención. Las tablas reivindicativas y
en las negociaciones de convenios colectivos se deben exponer peticiones
relacionadas con la salud laboral y exigir un aumento de los recursos
destinados a la prevención, y planes específicos contra la siniestralidad hasta
conseguir cero accidentes y enfermedades profesionales. Hay que luchar no solo
por empleo, sino por empleo de calidad, y puestos de trabajo dignos, con
derechos, seguros, estables, y socialmente útiles.
Raúl Navas, delegado sindical de CGT y de
prevención de riesgos laborales
Notas
2/ Bruque,
M. “Muere un operario de 38 años electrocutado en un vagón cisterna en las vías
del AVE en construcción en Silla”. El Mundo, 21/11/2018, https://www.elmundo.es/comunidad-valenciana/2018/11/21/5bf5303a268e3e776c8b45b2.html
3/ Soler,
J.C. “Dos heridos graves con quemaduras al explotar una máquina textil en
Crevillente”. ABC,
13/11/2018, https://www.abc.es/espana/comunidad-valenciana/abci-heridos-graves-quemaduras-explotar-maquina-textil-crevillente-201811131928_noticia.html
4/ Torres,
M. “Cuatro trabajadores sufren la amputación de manos y dedos en un accidente
en Valencia”. El País, 2/10/2018, https://elpais.com/ccaa/2018/10/01/valencia/1538386830_964264.html
5/ “La
muerte de un trabajador en Meco eleva a 55 los accidentes laborales mortales
este año en la Comunidad”. El País, 21/09/2018, https://elpais.com/ccaa/2018/09/21/madrid/1537538668_108449.html
6/ Barroso,
F.J. “Dos trabajadores mueren en sendos accidentes laborales”. El País,
29/11/2017, https://elpais.com/ccaa/2017/11/29/madrid/1511976583_253823.html
7/ Salvatierra,
J. “La siniestralidad laboral aumenta con la recuperación”. El País, 22/08/2016. https://elpais.com/economia/2016/08/21/actualidad/1471780912_711738.html
8/ Castejón,
E. (1992) “Accidentalidad laboral en España:
algunos resultados de la explotación del nuevo parte de accidente de
trabajo”. Salud y trabajo, 90.
9/ (2006)
“La precariedad como causa de la siniestralidad: un mito se clarifica”.
Editorial ERGA, 94.
11/ Abellán,
Lucia. “Un tercio de los accidentes de trabajo se produce por sobreesfuerzo o
estrés”. El País, 17/06/2006, https://elpais.com/diario/2006/06/17/economia/1150495217_850215.html