Si observamos las necesarias críticas que está
recibiendo el aparato judicial en los últimos tiempos, vemos que la inmensa
mayoría se centran lógicamente en la injustificable sentencia del «caso la
manada». Vemos también que algunas personas extienden sus análisis a otros
casos como el proceso contra los jóvenes de Altsasu, contra la libertad de
expresión en la Red, contra los derechos de Catalunya, contra los cientos de
sindicalistas cuya libertad pende de un hilo, sobre la inacabable lista de
multas que golpean a las débiles economías populares, o la judicialización de
la política y la politización de la justicia… Todas ellas son pertinentes,
abren vías de debate y concienciación, y frecuentemente se acercan al problema
de las movilizaciones o lo desarrollan abiertamente.
Pero se echan en falta como mínimo dos perspectivas
más: una, ubicar la acción represiva del aparato judicial español dentro de la
totalidad del sistema imperialista, es decir y por ejemplo, los golpes de
Estado llamados «judiciales» realizados por el funcionariado fiel al Estado del
capital, y más recientemente el papel de la justicia yanqui en la detención de
Santrich, sobre la que volveremos en otro artículo; y dos, y sobre todo,
demostrar que no existe independencia judicial alguna, que no existe ninguna
división de poderes, que en todo caso sólo existiría una relativa autonomía de
funciones tácticas y técnicas supeditada a las directrices estratégicas que
emanan del Estado del capital y de la misma ideología reaccionaria de muchos
funcionarios asalariados llamados «jueces». Vamos a presentar algunas tesis a
modo de incitación al debate sobre esta cuestión cada vez más importante en la
lucha de clases.
1.
La
«justicia», el «derecho» y la «democracia» en abstracto, como ideas puras, sin
contenido de clase, de sexo-género y de pueblo o nación dominante son
imposibles en todo modo de producción basado en la propiedad privada de las
fuerzas productivas. Más aún, los conceptos de «justicia», «derecho»,
«democracia» con su carga ideológica actual sólo son posibles en la esfera de
lo abstracto en la sociedad burguesa, porque sólo ésta se basa en el fetiche de
la mercancía, en la implacable dictadura del trabajo abstracto y en la ley del
valor, bases de la tríada citada arriba.
2.
En esta
sociedad, la «justicia», el «derecho», la «democracia» sólo son reales en su
pleno sentido para la clase burguesa porque sólo ella las disfruta, controla y
dirige mediante el poder omnímodo que le garantiza diariamente su propiedad
privada de las fuerzas productivas y las relaciones sociales e ideológicas que
surgen de esa propiedad; por esto mismo la «democracia», el «derecho» y la
justicia» son los más efectivos medios de sojuzgamiento y alienación en los
períodos de débil lucha de clases, efectividad que se debilita conforme ésta
desarrolla su contenido político, es decir, por la destrucción de la dictadura
del salario. En la medida en que esto sucede el capital se despoja de la cada
vez más ineficaz tríada a la vez que multiplica las represiones hasta llegar al
terror si fuera necesario.
3.
No existe
una «separación de poderes» entre el ejecutivo, el judicial y el legislativo,
sino una auténtica división técnica del trabajo entre los tres bajo la
dirección estratégica del Estado. La efectividad ideológica de alienación de semejante
división del trabajo es innegable porque oculta la dictadura de facto del
capital. La «independencia judicial» es una ficción, una entelequia
sistemáticamente alimentada por la clase burguesa para reforzar su poder. En la
práctica, sólo existe una mayor o menor autonomía relativa del aparato judicial
con respecto al poder estatal, el decisorio, y a los intereses del capital. La
judicatura es sólo es un sub-poder que el Estado delega en algunas personas
fieles al capital, seleccionadas con creciente rigor según asumen tareas de
orden y represión más altas. Los filtros garantes de su lealtad al capital
empiezan bien pronto en el sistema educativo mediante la selección ideológica
conservadora que se realiza en el entorno social, familiar, universitario y
funcionarial. El salario, las prebendas y honores apuntalan la fidelidad al
orden establecido.
4.
La
autonomía relativa del aparato judicial depende de múltiples factores imposible
de exponer aquí, como por ejemplo la ideología personal más o menos reaccionaria,
misógina, racista de los jueves, o en algunos casos su ideología de
«neutralidad axiológica» o tal vez en ciertas individualidades un
democraticismo básico, etc., de modo que en apariencia el aparato judicial
muestra una diversidad en circunstancias determinadas que no tiene en su
conjunto. Otra razón más amplia de la autonomía relativa es la historia de la
lucha de clases en cada Estado, en especial las diferencias entre fracciones de
la burguesía, de modo que dependiendo de la fuerza obrera y popular y de las
divergencias internas en el poder, el capital ha tenido que aflojar, ceder en
su rigor represivo y abrir espitas que suavicen algunas tensiones o el clima de
pre-crisis estructural: reformar o morir.
5.
Puede
incluso llegar un momento en el que el aparato judicial esté cuarteado en su
fidelidad a sectores diferentes de la burguesía; fisuras que reflejan la
existencia de una crisis estructural más profunda: en tales situaciones es el
devenir de la lucha de clases y de las luchas cainitas en la burguesía el que
decide en resultado último; en síntesis, revolución o contrarrevolución. Sin
llegar a esta situación, el aparato judicial sufre una parálisis creciente,
expresión de la crisis del Estado. Deliberadamente, la burguesía española
apenas ha potenciado una judicatura efectiva, rápida y ágil: poco gasto
público, escasos medios y mucha defensa de la propiedad privada, del
patriarcado y de la unidad nacional española. Así se explica que en 2009 se
realizaran dos huelgas de jueces, en 2012 muchos jueces apoyaron la huelga
general, ahora mismo en Galiza se protesta por el colapso práctico, y casi la
totalidad de jueces y fiscales haya anunciado una huelga para este 22 de mayo.
6.
En
realidad, lo que buscan estas movilizaciones es mejorar los medios para servir
al capital y al Estado. Los jueces y fiscales saben que el hundimiento de su
legitimidad sería una catástrofe sociopolítica para ellos y para el sistema al
que sirven, como ya se está viendo en las protestas contra la Manada y el
terrorismo machista, contra en endurecimiento represivo generalizado, contra la
impunidad de la corrupción, contra la devastación de derechos elementales como
el de las pensiones y los salarios directos y diferidos, contra la tranquilidad
del capitalismo criminal (¿?), contra el terrorismo empresarial con el aumento
de los “accidentes” de trabajo, contra la normalización de los malos tratos y
torturas, contra el auge fascista y racista, contra el poder de la burocracia
eclesiástica…
7.
Una
función básica del reformismo es estas situaciones es la de hacer de bombero.
Desde su origen, el reformismo asume y propaga la ideología burguesa de la
aparente «división de poderes» que tomó cuerpo definitivo a mediados del siglo
XVIII. Ahora mismo tenemos tres ejemplos: en los Països Catalans un sector de
la casta intelectual añora la llamada «justicia transparente», fantasía
imposible en el capitalismo. En Euskal Herria, EH Bildu plantea en su proyecto
de soberanía dotarse de los «tres poderes que conforman el estado democrático
de derecho» más un «cuarto poder social-ciudadano que permita vehiculizar
propuestas de la ciudadanía». Y en el Estado español Podemos ni siquiera se
atreva a reivindicar la República: ¿Qué justicia, derecho y democracia caben en
una monarquía que ancla el imperialismo español en lo más profundo del atavismo
político-religioso precapitalista?
8.
Con sus
diferencias obvias, la «justicia», el «derecho» y la «democracia» son otros
tantos campos de batalla de clase, de sexo-género y nacional en la lucha entre
el capital y el trabajo. Las mil formas que adquiere esa lucha se ramifican por
entre todas las opresiones y explotaciones, por entre el conjunto de la
mercantilización de la naturaleza y de la vida, por entre los vericuetos
legales de la privatización del pensamiento y de la ciencia crítica. Quiere
esto decir que las izquierdas han de asumir la acción diaria en estos
conflictos mediante los cuales el capital fortalece su dominación. Han de
cuestionar radicalmente la tríada en sí misma para combatir cada una de sus
expresiones particulares y singulares, y a la vez, dialécticamente, ha de
luchar contra cada una de sus expresiones según una estrategia orientada a
conquistar otra democracia, derecho y justicia –otro poder- cualitativamente
diferente, antagónico.
9.
Hay
reivindicaciones permanentes: Los jueces han de rendir cuentas a sus entorno
social y popular, han de ser elegidos y revocados por este entorno que podrá
acceder a su quehacer sin menoscabo de la seguridad necesaria; organizaciones y
colectivos sindicales, sociales, políticos, culturales progresistas tienden
derecho de intervención en los procesos judiciales, y tienen derecho de control
sobre el quehacer policial y la elección y revocación de sus mandos, etcétera.
Objetivos insertos en una estrategia más amplia sobre control obrero,
democracia directa, control por consumidores y usuarios de los servicios y
gastos públicos; publicidad del secreto bancario, control de la industria
mediático-cultural; derecho a recuperar fábricas y locales… Son las llamadas
«reformas revolucionarias» que refuerzan autoorganización obrera y popular.
10.
Estas y
otras reivindicaciones no surgen de la nada: la historia de los pueblos, clases
y mujeres oprimidas demuestra que existe otra justicia. Las utopías rojas, las
herejías milenaristas y comunalistas, las «monjas» insurrectas en la antigua
China, las revueltas y rebeliones esclavas y campesinas, el derecho de
tiranicidio debatido en la Iglesia y practicado por la burguesía
revolucionaria, la revolución haitiana, la justicia de los luditas y las leyes
de Bolívar, la experiencia de las luchas entre 1830-1848, la sublevación india
de 1857 y la rebelión Taiping china, la actualidad de la Comuna de 1871, la
revolución de 1905, la revolución mexicana de 1910-1917, la revolución
bolchevique, la Baviera soviética de 1918, la Comuna de Donostia de 1936 y los
logros de Catalunya y Aragón en 1936-1937, el derecho a la rebelión contra la
injusticia y la opresión sancionado en el Preámbulo de la Declaración Universal
de los Derechos Humanos firmada por la ONU en 1948, las experiencias
anticoloniales, antiimperialistas y socialistas… Debemos actualizar esta
brillante historia ética e intelectual de la Humanidad explotada.
Resumen Latinoamericano